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Artículo 12 de la Ley 9.690 · Fija clasificacion del personal de los servicios de beneficencia y asistencia social

Fija clasificacion del personal de los servicios de beneficencia y asistencia social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258963 / 7337836.

Texto oficial

Artículo 12. Las actuales asignaciones que no pueden transformarse en valor horas de trabajo se seguirán pagando de acuerdo con la siguiente clasificación: Número Asignación mensual 2 $ 3.500.- 13 3.000.- 21 2.500.- 27 2.000.- 9 1.000.- 129 750.- 270 500.- 153 250.- Las demás asignaciones, aprobadas por la Junta Central de Beneficencia, que no estén incluidas en la nómina anterior, quedarán igualmente vigentes, siempre que se encuentren actualmente consultadas en el Presupuesto de los Servicios.