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Artículo 23 de la Ley 9.690 · Fija clasificacion del personal de los servicios de beneficencia y asistencia social

Fija clasificacion del personal de los servicios de beneficencia y asistencia social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258963 / 7337847.

Texto oficial

Artículo 23. Las disposiciones de la ley N.o 5,115, que no sean contrarias a la presente ley, continuarán en vigencia.