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Artículo 3 transitorio de la Ley 9.690 · Fija clasificacion del personal de los servicios de beneficencia y asistencia social

Fija clasificacion del personal de los servicios de beneficencia y asistencia social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258963 / 7337856.

Texto oficial

Artículo 3.o Se declara que el alcance de los beneficios de la ley N.o 8,742, de 14 de Febrero de 1947, incluye al personal de jornaleros de los Servicios de Beneficencia y Asistencia Social.