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Artículo 3 de la Ley 9.077

Autoriza a la municipalidad de lampa para contratar emprestito por la suma y en las condiciones que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25910 / 8278476.

Texto oficial

Artículo 3°.- Autorízase, asimismo, a la Municipalidad de Lampa para que pueda enajenar en pública subasta y por el mínimo de $ 80.000 la propiedad que posee en la calle Baquedano esquina de Balmaceda. La Municipalidad adquirió este predio por escritura pública de fecha 18 de Enero de 1918, ante el notario señor Errázuriz Tagle, y se encuentra inscrita a fojas 516, número 1,009, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces, correspondiente al año 1919.