Texto oficial
Artículo 2°.- El Cuerpo de Bomberos de Villarrica invertirá el producto de estas entradas en la adquisición de una bomba automóvil, mangueras y otros elementos y en la conservación de su material,
Establece por el plazo que indica un impuesto adicional del 2 por mil anual a favor de la municipalidad de villarrica, sobre los bienes raices de dicha comuna
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