Texto oficial
Artículo 4°.- Si alguna de las obras señaladas en el artículo anterior dejare fondos sobrantes, éstos se invertirán en la otra hasta enterar el total del producto del empréstito y, una vez que todas se encuentren terminadas, si aún hubiere saldo, éste se empleará en nuevas obras que indique la Municipalidad en sesión extraordinaria citada especialmente con este objeto.