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Artículo 22 de la Ley 9.271 · Crea una institucion con personalidad juridica denominada colegio de dentistas de chile

Crea una institucion con personalidad juridica denominada colegio de dentistas de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25973 / 5966633.

Texto oficial

Artículo 22.- En toda reunión general el quórum será el 20 por ciento, a lo menos, de los dentistas inscritos. Si no hay quórum, la reunión se verificará al día siguiente a la misma hora con los que concurran.