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Artículo 4 transitorio de la Ley 9.300

Reemplaza en el inciso 1° del articulo n° 3 del decreto supremo n° 1,097, de agosto 6 de 1945 del ministerio de salubridad, prevision y asistencia social que fija el texto refundido de las leyes 7,874, 8,066 y 8,107 las frases que indica por las que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25995 / 5966711.

Texto oficial

Artículo primero transitorio.- Las escrituras públicas de aumento de capital de la sociedad estarán exentas de los derechos notariales establecidos en el número 1 del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 254, de 22 de Mayo de 1931, modificado por la ley 7,868.