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Artículo 3 de la Ley 9.311

Reemplaza la escala de grados y sueldos a que se refiere el art. 14 de la ley 8,282, por la que se detalla

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26002 / 8830197.

Texto oficial

Artículo 3°.- Con arreglo a las normas establecidas en el artículo anterior, los actuales sueldos bases del personal fuera de grado de la Administración Civil Fiscal, se ajustarán a las siguientes remuneraciones: Sueldo base actual Sueldo base ajustado $ 300.000 pasa a _______________ $ 360.000.- 180.000 pasa a _______________ 232.200.- 171.000 pasa a _______________ 221.400.- 150.000 pasa a _______________ 196.200.- 144.000 pasa a _______________ 189.000.-