Saltar al contenido

Artículo 18 de la Ley 9.311

Reemplaza la escala de grados y sueldos a que se refiere el art. 14 de la ley 8,282, por la que se detalla

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26002 / 8830212.

Texto oficial

Artículo 18.- La presente ley no regirá para el personal docente, administrativo, directivo y de servicio afecto al régimen de quinquenios dependiente del Ministerio de Educación Pública, salvo lo prescrito en los artículos 9°, 13, 15 y 16 de la presente ley.