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Artículo 7 de la Ley 9.321

Modifica el decreto n° 1,000, de 1943, que refunde las disposiciones sobre alcoholes y bebidas alcoholicas en la forma que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26011 / 5966759.

Texto oficial

Artículo 7°.- Se condonan los intereses penales en que hubieren incurrido los actuales deudores de impuestos a la producción y el comercio del vino, siempre que estos impuestos se paguen antes del 30 de Julio del presente año.