Saltar al contenido

Artículo 5 de la Ley 9.341 · Fija el texto definitivo de la ley general sobre inscripciones electorales y municipales

Fija el texto definitivo de la ley general sobre inscripciones electorales y municipales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26026 / 8278604.

Texto oficial

Artículo 5.o En caso de impedimento de alguno de estos funcionarios, será substituído en la Junta por la persona que lo reemplaza en sus funciones ordinarias, de lo que se dejará testimonio en el acta de la sesión correspondiente, copia de la cual se remitirá el mismo día al Director del Registro Electoral.