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Artículo 35 de la Ley 9.342 · Texto refundido de la ley de organización y atribuciones de las municipalidades

Texto refundido de la ley de organización y atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26027 / 8999531.

Texto oficial

Artículo 35.- La sobreviniencia de algunas de las inhabilidades contempladas en los números 2º, 3º, 4º, 6º y 7º y en la primera parte del número 1º del artículo anterior, pondrá término a las funciones de Regidor. La sobreviniencia de la inhabilidad contemplada en la segunda parte del número 1º del mismo artículo producirá la suspensión de las funciones del Regidor afectado, las que éste podrá reasumir cuando obtenga sentencia absolutoria o sobreseimiento definitivo.