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Artículo 9 del Decreto 1378

Aprueba reglamento de la ley nº 20.084 que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 260404 / 6608422.

Texto oficial

Artículo 9°. Sanciones administrativas. Si la conducta a que se refiere el artículo 7, fuere constitutiva de alguna de las infracciones contempladas en el D.F.L. Nº 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto Administrativo, el director del centro respectivo informará del hecho al Director Regional del Servicio Nacional de Menores, quien iniciará una investigación, de acuerdo a las reglas del citado cuerpo legal. En los convenios celebrados entre el Servicio Nacional de Menores y los colaboradores acreditados para la ejecución de las medidas o sanciones establecidas en la Ley Nº 20.084, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal que procediere se considerará, atendidas las circunstancias del caso, incumplimiento grave al convenio, el maltrato o vulneración de los derechos de los adolescentes por parte de algún miembro de la institución respectiva o que labore para ella en cualquier calidad.