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Artículo 84 del Decreto 1378

Aprueba reglamento de la ley nº 20.084 que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 260404 · idParte: 6608510

Texto oficial

Artículo 84. Visitas de los hijos. Los adolescentes que no tengan consigo a sus hijos menores de edad, tendrán derecho a visitas diarias de éstos en dependencias especialmente habilitadas. Dicha visita tendrá carácter privado, pudiendo siempre mantenerse el contacto físico entre el padre o la madre y su hijo o hija.