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Artículo 125 del Decreto 1378

Aprueba reglamento de la ley nº 20.084 que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 260404 / 6608558.

Texto oficial

Artículo 125. Otorgamiento de salidas. El director del centro tendrá la facultad de otorgar, suspender o revocar los permisos de salida, en conformidad al informe que la unidad técnica respectiva elabore al efecto. Al momento de otorgarse una salida, el director podrá imponer reglas y condiciones que deben ser observadas por el adolescente al momento de hacer uso del beneficio.