Texto oficial
Artículo 158. Comité técnico. Existirá, además, en
cada sección, un comité técnico compuesto por el jefe de
la Sección Juvenil; el jefe técnico de la misma, quien
hará las veces de secretario ejecutivo y un representante
del programa de tratamiento de adicción a las drogas o
alcohol que se ejecute en el centro. Dicho comité se
reunirá bimensualmente con el objeto de evaluar el
funcionamiento en las áreas de competencia común.