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Artículo 158 del Decreto 1378

Aprueba reglamento de la ley nº 20.084 que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 260404 · idParte: 6608596

Texto oficial

Artículo 158. Comité técnico. Existirá, además, en cada sección, un comité técnico compuesto por el jefe de la Sección Juvenil; el jefe técnico de la misma, quien hará las veces de secretario ejecutivo y un representante del programa de tratamiento de adicción a las drogas o alcohol que se ejecute en el centro. Dicho comité se reunirá bimensualmente con el objeto de evaluar el funcionamiento en las áreas de competencia común.