Texto oficial
Artículo 13.- Derógase el artículo 6° de la ley 7,552.
Ordena que la corporacion de reconstruccion atendera, de acuerdo con la ley 9,113, a las zonas afectadas que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26062 / 7172671.