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Artículo 4 de la Ley 7.635

Autoriza al presidente de la república para conceder titulo definitivo de dominio sobre predios fiscales a personas que sean acreedoras a dicho beneficio por perjuicios sufridos en sus mejoras, debido a incendios de sementeras y bosques ocurridos en malleco, cautin y valdivia, en el verano de 1943

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 261017 / 7342423.

Texto oficial

Artículo 4.o Reemplázase en el inciso 1.o del artículo 1.o del decreto con Fuerza de Ley N.o 256, de 20 de Mayo de 1931, la palabra "quince" por esta otra: "cincuenta".