Texto oficial
Artículo 3°.- Dentro del plazo de noventa días de la promulgación de la presente ley, los Servicios de la Dirección General de Impuestos Internos procederán a efectuar un nuevo avalúo de la Isla Teja.
Establece a beneficio de la municipalidad de valdivia una contribucion adicional a los bienes raices de la isla teja
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26105 / 5967250.