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Artículo 3 de la Ley 9.464

Establece a beneficio de la municipalidad de valdivia una contribucion adicional a los bienes raices de la isla teja

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26105 / 5967250.

Texto oficial

Artículo 3°.- Dentro del plazo de noventa días de la promulgación de la presente ley, los Servicios de la Dirección General de Impuestos Internos procederán a efectuar un nuevo avalúo de la Isla Teja.