Texto oficial
Artículo 3°.- Los gastos que demande el reconocimiento de años de servicios serán pagados por mitades entre el Instituto Bacteriológico de Chile y los empleados que optaren por ese régimen de previsión.
Fija plazo a los empleados del instituto bacteriologico de chile para que opten por el regimen de la caja de prevision de empleados particulares o el de la caja nacional de empleados publicos y periodistas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26127 / 5967344.