Texto oficial
Artículo 20.- Introdúcense las siguientes
modificaciones en el decreto ley N° 825, de 1974, sobre
Impuesto a las Ventas y Servicios:
1) En el artículo 12°, letra E, agrégase el
siguiente Nº 18, nuevo, sustituyendo la coma (,) y el
vocablo "y" al final del Nº 16, por un punto y coma (;) y
reemplazando el punto aparte (.) a continuación del Nº 17,
por una coma (,) seguida del vocablo "y":
"18. Las comisiones de administración de cotizaciones
voluntarias, depósitos de ahorro previsional voluntario y
de depósitos convenidos, efectuados en planes de ahorro
previsional voluntario debidamente autorizados en
conformidad a lo establecido por el Artículo 20 y
siguientes del decreto ley Nº 3.500, de 1980, que perciban
las instituciones debidamente autorizadas para su
administración.".
2) Efectúanse las siguientes modificaciones en el
número 5° del artículo 23°:
a) Modifícase el inciso segundo de la siguiente forma:
i) Intercálase en la letra a), entre las expresiones
"nominativo" y "a nombre", la frase ", vale vista nominativo
o transferencia electrónica de dinero", y reemplázase la
palabra "girado" por "girados".
ii) Intercálase en la letra b), entre la palabra
"cheque" y la coma (,) que le sigue, la frase "o por el
banco al extender el vale vista"; y agrégase, después del
punto aparte (.), que pasa a ser punto seguido (.), lo
siguiente: "En el caso de transferencias electrónicas de
dinero, esta misma información, incluyendo el monto de la
operación, se deberá haber registrado en los respaldos de
la transacción electrónica del banco.".
b) Modifícase el inciso tercero de la siguiente forma:
i) Sustitúyese la letra a) por la siguiente:
"a) La emisión y pago del cheque, vale vista o
transferencia electrónica, mediante el documento original o
fotocopia de los primeros o certificación del banco, según
corresponda, con las especificaciones que determine el
Director del Servicio de Impuestos Internos.".
ii) Agrégase en la letra b), después de la palabra
"llevarla", la siguiente frase: ", donde se asentarán los
pagos efectuados con cheque, vale vista o transferencia
electrónica de dinero".