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Artículo 35 de la Ley 9.629 · Modifica la ley 9,311 y aumenta sueldo a los empleados publicos

Modifica la ley 9,311 y aumenta sueldo a los empleados publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26197 / 8830315.

Texto oficial

Artículo 35.- Sobre los sueldos aumentados en virtud de lo dispuesto en el artículo 1.o de la presente ley, todos los funcionarios y empleados del Poder Judicial y de la Judicatura del Trabajo percibirán, además, un aumento de sueldos de 20%.