Texto oficial
Artículo 36.- Elévanse al doble los emolumentos de que actualmente gozan los Abogados integrantes de las Cortes.
Modifica la ley 9,311 y aumenta sueldo a los empleados publicos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26197 / 8830316.