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Artículo 4 de la Ley 9.689 · Fija escala de grados y sueldos de los empleados semifiscales

Fija escala de grados y sueldos de los empleados semifiscales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26230 / 9079042.

Texto oficial

Artículo 4° Los aumentos de sueldos contemplados en la nueva escala de grados y sueldos de esta ley no interrumpirán los beneficios establecidos en el artículo 20 de la ley N° 7,295, de 22 de Octubre de 1942.