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Artículo 1 transitorio de la Ley 9.689 · Fija escala de grados y sueldos de los empleados semifiscales

Fija escala de grados y sueldos de los empleados semifiscales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26230 / 9079079.

Texto oficial

Artículos transitorios {ARTS. 1-4} Artículo 1° Autorízase a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas para destinar la suma de setecientos cincuenta mil pesos ($ 750.000) a la atención de los trabajos extraordinarios que demandará la aplicación de la ley N° 9,629. Para este objeto podrá contratar empleados o gratificar a su actual personal que trabaje en esas labores fuera del horario normal. La citada institución podrá hacer este gasto sin esperar la aprobación de la modificación de su presupuesto.