Texto oficial
Artículo 5.o La Municipalidad de Tiltil deberá consultar en su presupuesto anual, en la partida de ingresos ordinarios, los recursos que destina esta ley al servicio del préstamo; en la partida de egresos ordinarios, la cantidad a que ascienda dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias; en la partida de ingresos extraordinarios, los recursos que produzca el préstamo, y, finalmente, en la partida de egresos extraordinarios, el plan de inversiones autorizado.