Texto oficial
Artículo 8.o Se declara que el encasillamiento que se
hizo al personal en actual servicio de la Dirección General
de Impuestos Internos, con motivo de la aplicación del
artículo 43 de la ley N.o 9,311, no debe considerarse
ascenso, cambio de grado o de categoría para los efectos de
lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la ley 8,282, e
inciso segundo del artículo 11 de la ley 9,311.