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Artículo 4 de la Ley 10.003

Autoriza al presidente de la república para entregar a las instituciones que indica un aporte fiscal extraordinario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26284 / 7172816.

Texto oficial

Artículo 4.o Condónanse los impuestos fiscales de cualquiera naturaleza que la Corporación de Fomento de la Producción esté adeudando a la fecha de la promulgación de la presente ley.