Texto oficial
Artículo 31. En caso de suspensión de suministro de
gas por parte de la empresa, deberá tomar las precauciones
necesarias y suficientes para evitar que el consumidor o
usuario pueda otorgarse suministro de gas por su cuenta.
Aprueba reglamento de instalaciones interiores y medidores de gas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 263058 / 8925761.