Saltar al contenido

Artículo 42 (DEL NUM. NºI) del Decreto 66

Aprueba reglamento de instalaciones interiores y medidores de gas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 263058 / 8925774.

Texto oficial

Artículo 42. Plano de la Instalación de Gas. Toda ejecución de una instalación de gas, se deberá efectuar de acuerdo a un plano confeccionado por un Instalador de Gas de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento, el cual deberá permanecer, en la instalación en construcción, durante todo el tiempo que ésta demore, a disposición de la Superintendencia. 42.1 Generalidades. El plano deberá registrar, al menos, la siguiente información de la instalación de gas: 42.1.1 Ubicación propuesta de la tubería y de los artefactos a gas. 42.1.2 Dimensiones de los distintos ramales o derivaciones. 42.1.3 Ubicación del punto de suministro, abastecimiento o entrega. 42.1.4 Volumen del recinto con artefacto a gas. En cada recinto donde se instale un artefacto a gas se deberá indicar su Volumen Real, identificado con el símbolo "VR" y el Volumen Mínimo requerido para ello con el símbolo "VM". 42.2 Formato y Escalas del Plano. Los planos entregados físicamente, es decir, en documento, deberán cumplir con los siguientes requisitos: 42.2.1 El formato del plano deberá cumplir con la Tabla 1 - Formatos serie normal, A; de la Norma Oficial Chilena NCh13.Of1993 - Dibujos técnicos - Formatos y elementos gráficos de las hojas de dibujo, formatos normales de la serie A; o disposición que la reemplace, algunos de los cuales se ilustran en el Tabla II. Algunos formatos de la serie A. 42.2.2 El máximo tamaño aceptable para el plano es el formato base A0 (*). 42.2.3 Las escalas aceptables para el plano son aquellas comprendidas entre 1:50 y 1:1.000; para sus dibujos complementarios, de 1:10 y 1:20; no obstante la escala seleccionada deberá proporcionar una adecuada lectura y comprensión del plano, que permita visualizar cada uno de los aspectos contemplados en el diseño de la instalación de gas, escala que deberá indicarse en el plano. . (*) Formato base. Tabla II. Algunos formatos de la serie A. 42.3 Símbolos Convencionales. Se deberán emplear los símbolos establecidos en el Cuadro I. Símbolos Convencionales, los que se deberán dibujar en color negro. . Cuadro I. Símbolos Convencionales. . Cuadro I. Símbolos Convencionales. (cont.) . Cuadro I. Símbolos Convencionales. (cont.) . Cuadro I. Símbolos Convencionales. (cont.) . Cuadro I. Símbolos Convencionales. (cont.) 42.4 Contenido del Plano. El plano deberá registrar, al menos, la siguiente información: 42.4.1 Dibujo de la construcción. Deberá incluir, al menos, la zona por la que pasa la Instalación Interior de Gas, la ubicación de sus artefactos y los recintos colindantes. 42.4.2 Dibujo de la instalación de gas. Las líneas representativas de los planos entregados físicamente, deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Formato. En general deberá estar de acuerdo con lo dispuesto en la Norma Oficial Chilena NCh14.Of1993 - Dibujos técnicos - Cuadro de rotulación, o disposición que la reemplace. a.1 Espesor. Deberá estar comprendido entre 0,3 y 1,2 (mm). Las tuberías existentes se deberán dibujar con espesores diferentes a los de las nuevas tuberías, o colocando sobre tales tuberías una letra "e" o una nota que indique la condición de "existente". a.2 Color. Negro. b) Escritura normalizada. Todas las letras deberán ser mayúsculas, las que junto con las cifras deberán ser normalizadas, dibujadas en color negro y de ancho estándar. b.1 Altura. La correspondiente a las letras y números a emplear, se deberán basar, de preferencia, con las prescritas en la serie 20 de la Norma Oficial Chilena NCh20/1.Of1981 - Números preferidos - Parte 1: Series de números preferidos; NCh20/2.Of1981 - Números preferidos - Parte 2: Guía para el uso de los números preferidos y de las series de números preferidos; NCh20/3.Of1982 - Números preferidos - Parte 3: Guía para la elección de las series de números preferidos y de las series que contienen valores más redondeados de los números preferidos, según corresponda, o disposiciones que las reemplacen, siendo algunas de las alturas las siguientes: i. Cinco milímetros (5 mm), para la altura de "Instalación Interior", nombre y número de la calle de la instalación. ii. Tres milímetros (3 mm), para la altura del resto de la escritura. b.2 Espesor y ancho útil. El correspondiente a las letras, como la distancia entre éstas, palabras o líneas deberán cumplir con lo establecido en la Norma Oficial Chilena NCh15/0.Of2000 - Documentación técnica de productos - Escritura - Parte 0: Requisitos generales, en adelante e indistintamente "NCh15/0.Of2000"; NCh15/2.Of2001 - Documentación técnica de productos - Escritura - Parte 2: Alfabeto Latino, números y signos, en adelante e indistintamente "NCh15/2.Of2001"; NCh15/5.Of2000 - Documentación técnica de productos - Escritura - Parte 5: Escritura en Alfabeto Latino asistida por computador; en adelante e indistintamente "NCh15/5.Of2000", según corresponda, o disposiciones que las reemplacen, siendo algunos ejemplos los que se entregan en la Tabla III. Requisitos para la Escritura Normalizada. . (*) Todas las dimensiones están indicadas en función de la altura. Tabla III. Requisitos para la Escritura Normalizada. c) Símbolos convencionales. Estos se deberán dibujar según se detallan en el Cuadro I. Símbolos Convencionales, teniendo en consideración lo siguiente: c.1 Ubicación de los medidores de gas, conjunto medidor, medidores eléctricos y cámaras de alcantarillado. c.2 La válvula de servicio de GLP. c.3 Cotas o niveles de las instalaciones de GLP. c.4 Identificación de los conductos para basura o de ventilación, chimeneas e incineradores. c.5 Para equipos y artefactos asociados a instalaciones de otros servicios, la simbología deberá ser la establecida por la autoridad competente. Para mayor detalle referirse a las láminas II y III de "NCh15/0.Of2000", "NCh15/2.Of2001" o "NCh15/5.Of2000", según corresponda, o disposiciones que las reemplacen. d) Tubería. Detallar la información concerniente al diámetro de la tubería de gas, los cambios de dirección, los puntos de subida o bajada, de llegada de la tubería a cada uno de los pisos y los ambientes por donde pasa dicha tubería. 42.4.3 Cuadro de Rotulación. Se deberá situar un recuadro en el ángulo inferior derecho del plano, el cual deberá estar seccionado de derecha a izquierda según se detalla a continuación. Dicho recuadro, en los planos entregados físicamente, deberá presentar dimensiones interiores de 80 x 265 (mm). a) Sección 1. Ubicación. Esta deberá contener un croquis de la ubicación de la instalación, indicando las calles circundantes a la propiedad, referencia a una avenida o calle principal, indicando el Norte en el croquis. Esta sección, en los planos entregados físicamente, deberá presentar dimensiones interiores de 80 x 80 (mm). b) Sección 2. Identificación de la Instalación Interior de Gas. Esta deberá registrar la información necesaria para la identificación de la instalación, según se detalla a continuación. Esta sección, en los planos entregados físicamente, deberá presentar dimensiones de 80 x 115 (mm). b.1 Tipo de gas empleado e indicación del tipo de instalación (residencial, comercial o industrial). b.2 Nombre de la calle y número municipal entregado por la Municipalidad respectiva y comuna. b.3 Escala del plano. b.4 Nombres y apellidos, firmas y direcciones del propietario e Instalador de Gas, además del RUT del propietario, identificación de la Entidad de Certificación de Instalación de Gas y N° de Licencia del Inspector de Gas, que efectuó la certificación, además del Nº del Certificado de Aprobación otorgado por el Sistema de Certificación de Instalaciones Interiores de Gas electrónico de la Superintendencia, en adelante e indistintamente "CIIGe". En el caso que se trate de una empresa, registrar, además, el nombre de su representante legal. c) Sección 3. Potencia instalada. Esta sección deberá registrar la información que se detalla a continuación, la que en planos entregados físicamente, deberá presentar dimensiones de 80 x 70 (mm). c.1 Potencia nominal de cada artefacto (kW). c.2 Potencia total parcial, por instalación individual. c.3 Potencia total general, la total instalada. c.4 Detallar el(los) tipo(s) de tubería a emplear. c.5 Identificar los reguladores de presión de acuerdo con la denominación del fabricante e indicar su capacidad nominal, en función del caudal necesario para satisfacer las necesidades de la instalación, de acuerdo a la potencia total instalada. 42.4.4 Clasificación del Plano. De acuerdo con la ubicación y complejidad de las instalaciones interiores de gas, los planos se clasifican según los tipos que a continuación se señalan: a) Plano Tipo I. Instalación Interior de Gas. Corresponde a aquella Instalación Interior de Gas, cuyo formato estándar mínimo de tales planos entregados físicamente, deberá ser A3, señalado en el numeral 42.2.1. b) Plano Tipo II. Instalaciones interiores de gas en conjuntos habitacionales. Corresponde a varias instalaciones interiores de gas, ubicadas en un edificio colectivo o conjunto habitacional, el que podrá contener el dibujo de matrices interiores, según corresponda, que deberá cumplir con lo establecido en el numeral 42.4.3 precedente, con excepción de lo indicado en la Sección 3 de su literal c), lo cual deberá ser reemplazado por los requisitos que se detallan a continuación. El formato estándar mínimo de tales planos entregados físicamente, deberá ser A2, señalado en el numeral 42.2.1 precedente. b.1 Dibujo de las construcciones. Deberá ser un dibujo en planta de las construcciones con sus divisiones interiores. b.2 Dibujo de las instalaciones. Tanto para las instalaciones de matrices de distribución como para las interiores se deberán efectuar según lo ya establecido en las secciones precedentes. b.3 Dibujos complementarios. Se deberán incluir dibujos en el plano, a escala adecuada, que aporten información adicional, considerada indispensable, entre otra: i. Conductos colectivos y sombreretes. ii. Detalles de construcción y dimensiones del nicho de medidores de gas y su distribución esquemática. iii. Instalaciones del equipo de GLP, cuando corresponda. iv. Vistas isométricas de conductos, individuales, secundarios o colectivos, ventilaciones y tuberías, de ser necesarias. v. Dibujo del loteo. vi. Si el plano contiene instalaciones de matrices de distribución o interiores, deberá incluir un dibujo a escala 1:1.000, del plano de loteo y deberá indicar con exactitud los puntos en que se realizarán los empalmes. b.4 Plano de loteo. Si el loteo corresponde a diez (10) o más unidades, se deberá proporcionar un plano separado, que en caso de planos entregados físicamente, deberá ser en formato A3 o A4, señalados en el numeral 42.2.1 precedente. b.5 Cuadro de Rotulación. Se deberá disponer un recuadro en el ángulo inferior derecho del plano, el cual deberá estar dividido de derecha a izquierda según se detalla a continuación. Dicho cuadro, en los planos entregados físicamente, deberá presentar dimensiones interiores de 80 x 410 (mm). i. Sección 1. Ubicación. Según se establece en el literal a) del numeral 42.4.3 precedente. ii. Sección 2. Identificación de la instalación. Según se establece en el literal b) del numeral 42.4.3 precedente, a excepción del literal b.2, el cual se reemplaza por el siguiente texto: b.2 Conjunto Habitacional, debiendo indicar su nombre. Para mayor información ver el Cuadro II. Rotulación. . Cuadro II. Rotulación. iii. Sección 3. Potencia instalada. Deberá contener la información que a continuación se indica, la que en planos entregados físicamente, deberá presentar dimensiones interiores de 80 x 70 (mm). La potencia nominal de cada artefacto, en (kW), total parcial y total. Cabe señalar que si alguna de las instalaciones interiores, con respecto de otra, tiene conectados más artefactos y/o de diferente potencia, se deberán indicar tales potencias por separado. Para mayor información ver los Cuadro III. Potencia Instalada Parcial y Cuadro IV. Potencia Instalada Total. . Cuadro IV. Potencia Instalada Total. - Si el plano incluye la instalación de matrices interiores, la Sección 3, definida en el literal c) del numeral 43.4.3 precedente, deberá consignar el número de departamentos o casas con la potencia por instalación interior, su total parcial y el total de la potencia instalada, factor de simultaneidad y potencia de cálculo utilizada para determinar el diámetro de la tubería de la matriz interior. Para mayor información ver el Cuadro V. Potencia Instalada Total Edificio. - Cuando la Instalación Interior de Gas contemple dos (2) o más tanques de GLP, dispuestos para abastecer a varios departamentos o casas con consumos diferentes, se deberá indicar lo señalado en la viñeta precedente, para cada tanque. Para mayor información ver el Cuadro VI, Potencia Instalada con Tanques de GLP. . Cuadro VI. Potencia Instalada con Tanques de GLP. iv. Sección varios. Esta sección deberá registrar la información que se detalla a continuación y que en planos entregados físicamente, deberá presentar dimensiones interiores de 80 x 90 (mm). - Sección del conducto colectivo y tipo de sombrerete. - Cantidad de bloques o torres con sus departamentos. - El(los) tipo(s) de tubería a emplear. Para mayor información ver el Cuadro VII. Varios. . Cuadro VII. Varios. c) Plano Tipo III. Instalaciones especiales. Toda Instalación Interior de Gas que no esté incluida entre los tipos de las clasificaciones anteriores, deberá cumplir con los siguientes requisitos: c.1 Los planos entregados físicamente, deberán presentar formato estándar y la escala empleada deberá estar acorde a la superficie ocupada por la instalación y a la complejidad de ésta. c.2 En general, con lo establecido en el presente capítulo; en particular, con las medidas que establezca la Superintendencia, para cada caso específico.