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Artículo 52 (DEL NUM. NºI) del Decreto 66

Aprueba reglamento de instalaciones interiores y medidores de gas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 263058 / 8925785.

Texto oficial

Artículo 52. Válvulas de Corte de acción manual. 52.1 Generalidades. 52.1.1 Las válvulas de corte deberán ser certificadas de acuerdo con lo establecido en el artículo 9º del presente reglamento y seleccionadas teniendo en cuenta la caída de presión, el servicio involucrado, el uso en emergencia y la confiabilidad de la operación. 52.1.2 Antes del medidor, se deberá colocar una válvula de corte, para establecer o interrumpir en forma rápida y segura el flujo de gas a la instalación que presta servicio. 52.1.3 Todo equipo de GLP deberá tener una válvula de corte general, de diámetro nominal igual al diámetro de la tubería del bastón, válvula que se deberá instalar entre el regulador de presión y la Te de prueba, cuyo colector deberá ser de cobre tipo K de 3/8, denominación comercial. 52.2 Válvulas en los Reguladores de Gas. Aguas arriba de cada regulador de presión de gas se deberá ubicar una válvula de corte de gas de acceso expedito. Cuando dos reguladores de presión se encuentren instalados en serie, sobre una misma tubería de gas, no es necesaria una válvula antes del segundo regulador. 52.3 Válvulas que controlan Sistemas Múltiples. 52.3.1 Identificación. Estas deberán estar claramente identificadas o rotuladas mediante una placa metálica o de plástico rígido grabada u otro sistema similar de marca permanente, el cual deberá ser fijado o dispuesto, firmemente, por un Instalador de Gas de la clase correspondiente. 52.3.2 Accesibilidad. Las válvulas principales de corte de gas, que controlen a varios sistemas de tuberías de gas, deberán ser instaladas protegidas del daño físico o mecánico y con accesibilidad grado 1. 52.4 Válvulas de Corte de Matriz de Distribución para más de una instalación. En los edificios donde varios consumidores son abastecidos a través de un medidor general o cuando no se cuente con éste, a través de un solo regulador de servicio; o cuando los medidores o reguladores de servicio no sean fácilmente accesibles desde la ubicación del equipo, se deberá proveer una válvula de corte individual para la tubería de suministro de cada departamento o consumidor, en un punto conveniente con accesibilidad grado 1. En un sistema común que abastezca a varios edificios individuales, deberá instalarse una válvula de corte en la tubería de suministro de gas a cada edificio.