Texto oficial
Artículo 2.o Facúltase al Banco Central de Chile para adquirir, en representación del Fisco, las cantidades de cobre refinado, electrolítico, standard y blister que las empresas productoras de cobre Chile Exploration Co., Andes Copper Co., Braden Copper Co., o de quienes sus derechos representen, deban entregar al Gobierno de Chile para su exportación o elaboración en el país. Facúltase igualmente a dicha institución para vender y exportar el cobre adquirido.