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Artículo 9 de la Ley 10.259 · Aprueba el estatuto orgánico de la universidad tecnica del estado.

Aprueba el estatuto orgánico de la universidad tecnica del estado.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26329 / 9066332.

Texto oficial

Artículo 9.o Los miembros docentes de la Universidad se agruparán, de acuerdo con las asignaturas que desempeñen, en los siguientes Consejos Docentes: a) De Matemáticas, Física y Química; b) De Ciencias Sociales y Filosofía; c) De Electricidad, Mecánica y Construcción, y d) De Minas, Metalurgia y Química Industrial. Los dos primeros se preocuparán directamente de los problemas relativos a la preparación básica común de los técnicos, ingenieros y demás profesionales, y los dos últimos, de la preparación diferenciada de ellos, de acuerdo con la especialidad que cursen.