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Artículo 12 de la Ley 10.259 · Aprueba el estatuto orgánico de la universidad tecnica del estado.

Aprueba el estatuto orgánico de la universidad tecnica del estado.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26329 / 9066335.

Texto oficial

Artículo 12. En cada escuela universitaria existirá un Consejo de Escuela formado por el personal directivo y docente, y dos estudiantes elegidos por el Centro de Alumnos de la escuela. Estos últimos durarán un año en sus funciones y podrán ser reelegidos. En el Consejo de Escuela tendrán derecho a voz y voto todos sus miembros.