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Artículo 9 de la Ley 10.295

Autoriza a la municipalidad de san miguel para contratar emprestitos por la suma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26333 / 8278928.

Texto oficial

Artículo 9.° Decláranse de utilidad pública y autorízase a la Municipalidad de San Miguel para expropiar los siguientes inmuebles ubicados en dicha comuna: 1.° Propiedad de doña Matilde Romo, ubicada en Gran Avenida N.° 3436, rol de avalúos N.° 3,839, cuyos deslindes son: al Norte, con la Municipalidad de San Miguel, en 30.3 metros; al Sur, con la propiedad de doña Emma Rámila de M., ubicada en la Gran Avenida N.os 3448 al 3458, en 30.75 metros; al Oriente, con la Municipalidad de San Miguel, en 14.85 metros, y al Poniente, con Gran Avenida, en 14.85 metros. 2.° Propiedad de doña Emma Rámila de M., ubicada en Gran Avenida N.os 3448 al 3458 rol de avalúos N.° 3,839, y en Estrella Polar N.os 1,083 al 1,099, cuyos deslindes son: al Norte, con propiedad de doña Matilde Romo, en 30.75 metros; al Sur, con Estrella Polar, en 31.40 metros; al Oriente, con la Municipalidad de San Miguel, en 16.80 metros, y, al Poniente, con Gran Avenida, en 15.70 metros.