Texto oficial
Artículo 30. Los beneficios que establece la presente
ley se aplicarán a todo el personal de las plantas
suplementarias según corresponda.
Modifica la escala de grados y sueldos establecidos en la ley numero 9,311, fija disposiciones sobre jubilaciones, pensiones y montepios y adopta medidas tributarias
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26361 / 9098545.