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Artículo 79 de la Ley 10.343

Modifica la escala de grados y sueldos establecidos en la ley numero 9,311, fija disposiciones sobre jubilaciones, pensiones y montepios y adopta medidas tributarias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26361 / 9098594.

Texto oficial

Artículo 79. Traspásase un cargo de chofer con renta anual de $ 64.800 consultado en la planta suplementaria del Ministerio de Hacienda, bajo el rubro "Subsecretaría de Aviación" a la planta permanente de dicha Subsecretaría, ítem 18|01|01. Traspásase un cargo de portero grado 19 de la Intendencia de Santiago consultado en el ítem 04|02|01 Servicio de Gobierno Interior, al grado 19 de la planta de dicho servicio y con la denominación de "Oficial Intendencia de Santiago".