Modifica la escala de grados y sueldos establecidos en la ley numero 9,311, fija disposiciones sobre jubilaciones, pensiones y montepios y adopta medidas tributarias
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26361 / 9098601.
Texto oficial
Artículo 86. Autorízase al Presidente de la República
para girar hasta la cantidad de $ 800.000 para atender
gastos de alimentación del personal FAZ de la Marina que
trabaje horas extraordinarias en las Maestranzas de la
Armada en reparaciones de buques.