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Artículo 6 de la Ley 8.087 · Fija nuevos sueldos al personal de las fuerzas de defensa nacional

Fija nuevos sueldos al personal de las fuerzas de defensa nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 263758 / 7350799.

Texto oficial

Artículo 6.o.- Suprímase en el 2.o inciso de la letra e) del artículo 1.o de la citada Ley N.o 7.452, la frase "personal de Tropa, Gente de Mar", y agrégase al final de este inciso lo siguiente: "Para la tropa y Gente de Mar esta asignación será de $ 70 mensuales por carga de familia".