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Artículo 19 del Decreto Ley 301

Decreto Ley 301

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 263934 / 9054172.

Texto oficial

Art. 19. El Cuerpo de Jendarmería gozará de liberación de porte para su correspondencia oficial, postal y telegráfica que sea timbrada con la insignia del Cuerpo.