Texto oficial
Art. 7.o - No se sujetarán a los porcentajes indicados
en el artículo anterior, los aumentos que completen una
cantidad inferior a $ 1,200 anuales.
Fija las pensiones de retiro y montepio por servicios en las guerras de 1865-1866, 1879-1884 y en la campaña de 1891
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 263935 / 8844640.