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Artículo 11 de la Ley 5.311

Fija las pensiones de retiro y montepio por servicios en las guerras de 1865-1866, 1879-1884 y en la campaña de 1891

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 263935 / 8844644.

Texto oficial

Art. 11.o - El derecho a montepío que se otorga por la presente ley, no aprovechará a la viuda con menos de un año de matrimonio, salvo que por el matrimonio se legitimaren hijos.