Texto oficial
Art. 2.o - Se declaran válidos, para el efecto del
retiro y del montepío, los nombramientos para empleos
militares y navales conferidos a los jefes y oficiales por
decretos del Presidente don José Manuel Balmaceda, y
también los empleos conferidos a los sargentos y a los
cabos, en conformidad a las Ordenanzas Militar y Naval, con
posterioridad al 31 de Diciembre de 1890.