Texto oficial
Artículo 2°.- El aumento del componente base y de los
incrementos por desempeño institucional y por desempeño
colectivo de la asignación de modernización de la ley N°
19.553, contenido en los numerales 1), 2) y 3) del artículo
anterior, no será aplicable al personal perteneciente a la
Junta Nacional de Jardines Infantiles.
El aumento al incremento por desempeño institucional
de la asignación de modernización de la ley N° 19.553,
contenido en el numeral 2) del artículo anterior, no será
aplicable a quienes desempeñen los cargos señalados en el
inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 19.863.