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Artículo VIGESIMO TERCERO transitorio de la Ley 20.212

Modifica las leyes n° 19.553, nº 19.882, y otros cuerpos legales, con el objeto de incentivar el desempeño de funcionarios publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 264166 · idParte: 8655112

Texto oficial

Artículo vigésimo tercero.- El artículo 9° de la presente ley no será aplicable a la Subsecretaría de Carabineros de Chile en tanto no tenga empleados civiles de planta o a contrata. Con todo, el referido Subsecretario tendrá derecho a un 11,6% de la base de cálculo respectiva, el que se concederá sujeto a la progresión que, en total para cada año, señala el artículo cuarto transitorio de la presente ley.