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Artículo 68 de la Ley 10.509

Fija nueva planta de grados y sueldos de los servicios que indica de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 26422 · idParte: 8885154

Texto oficial

Artículo 68. El personal a contrata, en servicio a la fecha de vigencia de la ley N.° 10,343, cuyos cargos fueron consultados en las plantas definitivas a que se refiere la presente ley, será encasillado en iguales condiciones que los funcionarios de la planta permanente, según corresponda, quedando suprimidos los cargos a contrata.