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Artículo 5 de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 264452 / 9006106.

Texto oficial

Art. 5.º Corresponde al despacho del Departamento de Hacienda: 1.º La administracion de las rentas públicas i el cuidado de su recaudacion e inversion con arreglo a la lei; 2.º La vigilancia e inspeccion superior sobre todas las oficinas encargadas de la recaudacion, inversion, administracion, contabilidad i fiscalizacion de las rentas del Estado; 3.º Lo relativo a las casas de Moneda; 4.º Lo concerniente a los terrenos baldíos i demas propiedades nacionales cuya administracion i conservacion no estén especialmente encomendadas a otro Departamento; i al inventario de todos los bienes nacionales de cualquiera naturaleza que sean; 5.º Lo relativo a la deuda pública; 6.º Todo lo concerniente al comercio interior i esterior; 7.º La habilitacion de puertos i caletas; 8.º La formacion de la estadística de rentas i de la comercial; 9.º Lo concerniente a las instituciones de crédito i sociedades anónimas; 10.º La presentacion anual al Congreso de los presupuestos de gastos jenerales i cuentas de inversion.