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Artículo 86 de la Ley 10.621

Aprueba el texto refundido de las leyes que afectan a periodistas, talleres de obra y fotograbadores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26453 / 8759460.

Texto oficial

Artículo 86.° Los haberes que corresponda percibir a los herederos y legitimarios de los empleados en conformidad a las disposiciones de esta ley estarán exentos del pago de contribución de herencia y no quedarán afectos al pago de las deudas hereditarias. Las deudas testamentarias afectarán a estos haberes sólo en el caso de no existir legitimarios.