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Ley 10.681

Declara validos para los efectos del articulo 12 de la ley n.o 10,343 los servicios prestados en la beneficiencia publica a todo el personal de dicha institucion que haya pasado o pasare a servir en el ministerio de educacion publica o cualquiera de las ramas de su dependencia

Estado
Vigente
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idNorma: 26465

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